Foto: Manuel Cortina.

se puede(n), se debe(n): concordancia

General | 11 may 21

 

En las oraciones en las que deber y poder van seguidas de un infinitivo y un sustantivo en plural, hay muchas dudas en la concordancia («Se puede/pueden usar distintos tipos de harina» o «Ya se puede/pueden comprar entradas para el estreno de la película»), por lo que se ofrecen las siguientes claves.

1. Si el sujeto va delante, el verbo en plural

En este tipo de oraciones (denominadas pasivas reflejas), la concordancia en plural es obligada si el sujeto se antepone: Las entradas se pueden sacar con anticipación, Los turnos se deben pedir por teléfono…, y no Las entradas se puede sacar con anticipación, Los turnos se debe pedir por teléfono…

2. Si el sujeto va detrás, el verbo en plural o singular

En cambio, según se aprecia en la Gramática descriptiva de la lengua española, de la Real Academia Española, cuando el sujeto se pospone, la concordancia, pese a seguir siendo más frecuente y recomendable en plural, también es posible en singular.

Esta obra indica que todo depende del análisis sintáctico por el que se opte. Así, se escribirá Se pueden sacar las entradas otro día, con el verbo poder en plural, si se interpreta que el sujeto es las entradas, mientras que cabe optar por Se puede sacar las entradas otro día, con el verbo poder en singular, ya que las entradas no es su sujeto, sino el objeto directo de sacar.

3. Si se interpone la preposición a, en singular

Cuando el elemento nominal es una persona y va precedido de la preposición a, se trata de un tipo de construcción distinta de las anteriores (una impersonal), y en ese caso el verbo va siempre en singular: Se debe respetar a los niños.

4. ¿Dónde va el pronombre se?

Conviene recordar que en todos los casos anteriores el pronombre se puede ir antepuesto a poder y deber o pospuesto, unido al verbo siguiente en infinitivo: Se pueden sacar o Pueden sacarse, Se deben pedir o Deben pedirse, Se debe respetar o Debe respetarse. Lo mismo ocurre con el resto de los pronombres: Las podés abrir o Podés abrirlas, Debés llamarlo o Lo debés llamar…

5. En resumen…

En definitiva, en caso de duda, la concordancia en plural siempre es correcta y recomendable cuando los verbos deber y poder van seguidos de un infinitivo y un sustantivo plural sin la preposición a. Si esta precede al elemento nominal, lo adecuado es el singular.

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